Registro Público de Lugares Bailables
El Registro Público de Lugares Bailables creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCABA/2005, funciona dentro de la Agencia Gubernamental de Control.
Conforme surge del Decreto N° 350-GCABA/2006 la Dirección Registro Público de lugares bailables tiene como misión inscribir en función de lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/05- a los locales de baile clase A, B, y C, bares, restaurantes u otros rubros cuya actividad complementaria sea local de baile clase C, sectores de estos u otros establecimientos donde la actividad de baile forme parte del eje comercial del emprendimiento, en forma previa a iniciar o reiniciar la actividad.
A tal fin los locales deben cumplir todos los requisitos establecidos por las normas vigentes para obtener, por Disposición conjunta de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, Dirección General de Fiscalización y Control y Dirección General de Habilitaciones y Permisos, un número de registro el cual es renovable anualmente.
Para conocer el estado registral de los lugares bailables inscriptos en la Dirección de Registro Público de Lugares Bailables, ingresá al buscador y a la información sobre el estado de la inscripción, titularidad, ubicación geográfica, capacidad, inspecciones y disposiciones.

